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/Repostería artesanal/                            el Registro de Productores de Producto, se
                                                  encuentran en la sede electrónica en modo
bién en las empresas de la distribución. Desde    de pruebas. Este hecho se traduce en que se
ASEMAC destacamos que se establecen me-           puede entrar en el procedimiento e incorporar
canismos para incrementar la transparencia en     información y guardar, pero no se permite fir-
la información de envases y residuos de enva-     mar ni registrar las declaraciones.
ses y un adecuado seguimiento y control de
las obligaciones sobre puesta en el mercado       Por otro lado, se han previsto dos periodos
de productos y gestión de sus residuos por        extraordinarios para la remisión de datos co-
parte de los productores de productos y orga-     rrespondientes a envases puestos en el mer-
nizaciones del sector.                            cado español en el año 2021 y el año 2022,
                                                  lo que a su vez sobrecargará las gestiones
Para ello se crea la sección de envases en el     administrativas de nuestras empresas con ca-
Registro de Productores de Producto, lo que       rácter retroactivo. Dichos periodos serán los
implicará una nueva carga administrativa para     siguientes:
nuestros fabricantes, al resultar de aplicación
para todo tipo de envases (comerciales, indus-    En cuanto a la Responsabilidad ampliada
triales o domésticos). En este registro, todos    del productor (RAP), este real decreto esta-
los “productores de producto” definidos por el    blece la ampliación de las obligaciones a los
texto legislativo publicado como aquellos “en-    productores que pongan en el mercado en-
vasadores o agentes económicos dedicados          vases comerciales e industriales, hasta aho-
a la importación o adquisición de productos       ra exceptuados según la Ley de Envases y
envasados para su puesta en el mercado na-        Residuos de Envases, responsabilizándoles
cional”, deberán inscribirse y remitir anualmen-  de la gestión de los residuos que generan.
te información sobre la puesta en el mercado      Además, implicará distintas adaptaciones
de envases, la gestión de sus residuos y la
gestión financiera de los sistemas. Si bien, la
definición de productores de producto no ha
sido ajena a las múltiples interpretaciones,
que han motivado que este mes de febrero
el Ministerio de Transición Ecológica y
Reto Demográfico haya publicado una nota
interpretativa al respecto, incluyendo aquellas
casuísticas particulares de las que han tenido
conocimiento.

Estas obligaciones aplican a todo tipo de en-
vases y materiales, abarcando los envases
domésticos, comerciales, industriales y de
servicio. Estos últimos, en el caso del sector
de la panadería y bollería, serían las conoci-
das bolsas que encontramos en los puntos de
venta de panadería de los supermercados.

Una gran parte de las empresas asociadas
a ASEMAC comercializan sus productos de
panadería y de bollería a través de cajas de
cartón que contienen varias unidades de pro-
ducto. Por ende, éstas tendrán que registrar
la información sobre envases comerciales, im-
plicando un alto impacto en su gestión admi-
nistrativa.

Desde el pasado 1 de enero hasta el 30 de abril
de 2023, los procedimientos relativos a infor-
mación anual sobre envases, que comprende

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